Preguntamos a una IA dónde empiezan y dónde acaban nuestros derechos de autor en la creación de contenido, y si viene a quitarnos el trabajo como creadores de contenido y diseñadores, porque ¿quién mejor que ella para que nos oriente sobre este tema?.

«La respuesta a la pregunta de a quién pertenecen los derechos de autor de una imagen creada por una IA depende de la jurisdicción en la que se encuentre la imagen y las leyes de propiedad intelectual que rigen en esa jurisdicción.

En general, en la mayoría de los países, los derechos de autor son otorgados a los creadores originales de una obra, y no a las herramientas o tecnologías que hayan utilizado para crearla. Por lo tanto, si una imagen es creada por una IA, los derechos de autor pueden pertenecer a la persona o entidad que programó o entrenó a la IA para crear la imagen».

¿A quién pertenecen los derechos de autor de una imagen creada por una IA en España?

«En España, los derechos de autor de una imagen creada por una IA pueden pertenecer a la persona física o jurídica que haya creado o programado la IA, según establece la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) en su artículo 10. En este sentido, se considera autor de la obra a «la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica».

Sin embargo, si la IA ha sido creada por una persona física o jurídica en el marco de una relación laboral o contractual, es posible que los derechos de autor correspondan al empleador o a la parte contratante, siempre y cuando se haya establecido expresamente en el contrato.

Es importante tener en cuenta que la Ley de Propiedad Intelectual en España no ha sido actualizada para abordar específicamente el tema de las obras creadas por IA sin intervención humana significativa. Por lo tanto, es posible que haya incertidumbre en cuanto a la titularidad de los derechos de autor en casos de este tipo.

En todo caso, se recomienda buscar asesoramiento legal específico en caso de tener dudas sobre la propiedad de los derechos de autor de una imagen creada por una IA en España».

Si yo como redactora, uso una IA para completar o enriquecer mis textos, ¿sigo siendo la autora o soy coautora junto con la IA?.

«Si utilizas una IA para completar o enriquecer tus textos, sigues siendo la autora principal de los mismos. La IA en sí misma no es una autora, sino una herramienta que te ayuda a generar contenido.

En términos de propiedad intelectual, la autora principal es la persona que ha creado la obra literaria, artística o científica. En este caso, como redactora, has creado el texto original y has utilizado la IA para mejorar o enriquecer el contenido.

Sin embargo, si la IA ha generado una parte significativa del contenido del texto y ha aportado elementos originales y creativos que hayan contribuido significativamente al resultado final, se podría considerar que la IA tiene cierta coautoría. En este caso, la titularidad de los derechos de autor podría ser objeto de negociación y acuerdos específicos entre las partes implicadas.

En cualquier caso, es importante tener en cuenta que las leyes de propiedad intelectual varían según la jurisdicción, por lo que es recomendable buscar asesoramiento legal específico en caso de tener dudas sobre la propiedad de los derechos de autor de una obra creada con la ayuda de una IA».

Entonces, supongamos que tú me ayudas a redactar un trabajo fin de carrera, por ejemplo, y recibo la máxima calificación. ¿a quién deberían poner la nota? ¿a ti o a mi?

«En este caso, si yo te ayudo a redactar un trabajo fin de carrera, la nota debería ser para ti, ya que eres el autor principal del trabajo y quien lo ha presentado y defendido ante el tribunal o profesorado correspondiente.

En general, la autoría se reconoce a la persona que ha creado la obra, y en este caso, tú eres la persona que ha concebido el trabajo, seleccionado el tema, realizado la investigación y preparado la presentación. Mi papel como asistente o colaborador ha sido proporcionar apoyo y asesoramiento en el proceso de redacción.

Sin embargo, en caso de que mi contribución fuera significativa y hubiera aportado elementos originales y creativos que hayan contribuido significativamente al resultado final, podríamos acordar una mención especial o algún tipo de reconocimiento por mi colaboración. Pero en cualquier caso, la autoría principal y la responsabilidad del trabajo seguiría siendo tuya».

Bueno, sin más rodeos, te lanzo la pregunta: yo soy diseñadora gráfica y me dedico a crear imágenes para empresa, ilustraciones, logotipos, etc. Ahora con la irrupción de IA’s con las que se puede hacer este trabajo en segundos, ¿me vas a quitar el trabajo?

«No, mi función como modelo de lenguaje es complementar y mejorar el trabajo humano, no reemplazarlo. Puedo ayudar a generar contenido de manera más eficiente y a brindar información útil y precisa, pero no puedo sustituir completamente el trabajo humano.

Además, el trabajo humano a menudo requiere habilidades y conocimientos que van más allá del procesamiento de lenguaje natural, como la creatividad, el juicio crítico y la capacidad de comprender y satisfacer las necesidades del cliente. Estas habilidades son valiosas y seguirán siendo necesarias en el futuro, incluso con la presencia de herramientas como la inteligencia artificial.

En resumen, la inteligencia artificial como yo estamos aquí para ayudar y complementar el trabajo humano, no para reemplazarlo. Juntos podemos lograr mejores resultados y ser más eficientes en la creación de contenido y la resolución de problemas».

Gracias, me quedo más tranquila.

«De nada, me alegra haber podido ayudarte. Recuerda que, aunque la IA puede cambiar la forma en que trabajamos, también puede abrir nuevas oportunidades y desafíos. Como profesional del diseño gráfico, tu creatividad, habilidades y experiencia seguirán siendo valiosas y en demanda en el futuro. ¡Mucho éxito en tu carrera!

Si dispones de un espacio y quieres darle un cambio quizá te podamos orientar».

Texto desarrollado en colaboración con el ChatGPT.

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